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El derecho al voto de las PCD

El derecho al voto de las PCD

Como ya sabemos, hasta la fecha el Estado de El Salvador no ha hecho los cambios en la legislación nacional, con el propósito de armonizar las leyes nacionales con la Convención, tal y como lo ha señalado el Comité de Expertos de la ONU en sus recomendaciones en 2013, luego de presentado el informe de Estado. Un compromiso adquirido que sigue pendiente de cumplimiento.

Aún persisten leyes discriminatorias hacia las personas con discapacidad en la Constitución y leyes secundarias, para el caso, el Código Electoral vigente.

Las personas con discapacidad tienen derecho a votar, asimismo tienen derecho a ser asistidas para ejercer ese derecho. El único impedimento para que una persona con discapacidad ejerza ese derecho, es que un juez le haya declarado imposibilitado jurídicamente, con lo cual, extiende un documento jurídico (Declaratoria de Interdicción), en tal caso, esta persona ni siquiera aparece en el padrón electoral. De lo contrario nadie puede obstaculizar su derecho a votar a las personas con discapacidad.

Pese a que el Tribunal Supremo Electoral ha orientado a que se facilite el ejercicio del voto a las PCD, esta decisión queda en manos de las Juntas Receptoras de Votos (JRV). Tenemos conocimiento de que en las votaciones del 2 de febrero, se dieron casos en que a las personas con discapacidad les fue negado su derecho a ejercer el voto.

Hacemos el llamado a defender ese derecho, y denunciar ante las instancias que corresponden, asi como a la PDDH, en caso de obstaculización y negación del mismo.

Hacemos el llamado a votar. A ejercer nuestro derecho de forma consiente. Ya conocemos bien a quienes siempre engañan, trampean y roban para servirse con la cuchara más grande. Hay que votar, es nuestro derecho y obligación como salvadoreños y salvadoreñas, usemos bien ese derecho y no retrocedamos en la marcha, "que la marcha es lenta, pero sigue siendo marcha" que avanza.